El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, incorpora medidas de apoyo que afectan directamente al sector del taxi ante el encarecimiento de los carburantes. La principal novedad es una ayuda extraordinaria de 0,20 euros por litro de gasóleo para los vehículos que tengan derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo profesional. Esta ayuda se aplicará a los suministros realizados desde la entrada en vigor de la norma hasta el 30 de junio de 2026.
Además, el decreto prevé una ayuda directa extraordinaria para los vehículos que no se beneficien del gasóleo profesional. En el caso del taxi, podrán acogerse los taxis con VT en vigor que tengan como combustible principal gasolina, GLP, GNC o GNL, así como los taxis diésel domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla. La cuantía será de 200 euros por vehículo.

La solicitud de esta ayuda directa deberá presentarse por vía electrónica ante la Administración Tributaria competente, en el plazo comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2026. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a partir del 30 de julio de 2026.
El Real Decreto-ley 7/2026 también establece una rebaja general del IVA aplicable a los carburantes y combustibles, que pasa del 21 % al 10 % desde la entrada en vigor de la norma y hasta el 30 de junio de 2026. Se trata de una medida fiscal general, distinta de las ayudas específicas al transporte y al taxi.”
Si bien el contenido del RDL entra en vigor mañana, tiene que ser convalidado por la mayoría del Congreso de los Diputados el día 26 de marzo de 2026
Desde Federación Profesional del Taxi mantendremos a los socios informados de los siguientes trámites a seguir.
