Publicada la Disposición 1130 del BOE núm. 23 de 2021 que regula las nuevas ayudas aprobadas. Esta prestación extraordinaria por “cese de actividad” podrá comenzar a devengarse con efectos de 1 de febrero de 2021 y tendrá una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros veintiún días naturales de febrero. En caso contrario, los efectos quedan fijados en el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud y su duración no podrá exceder del 31 de mayo de 2021.

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