SUBVENCIONES EUROTAXI DE 2026 ¡CAMBIA 360!.. A PARTIR DEL 1 DE MAYO

Las ayudas «Cambia 360» han sido publicadas en el BOAM de 19 de marzo de 2026. En Federación estas ayudas las tramitaremos únicamente con CITA PREVIA . Próximamente publicaremos el CALENDARIO DE RESERVAS. Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente desde el 1 de mayo hasta el 1 de junio de 2026, ambos incluidos.

Cuantía de las ayudas:
a) Tramo 1, vehículos EUROTAXI nuevos: 25.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 60 % del importe de la factura del vehículo, IVA excluido. Tendrán preferencia sobre las restantes las solicitudes de subvención del tramo 1 presentadas en tiempo y forma. Las solicitudes de subvención del tramo 1 serán evaluadas del siguiente modo:
1º) Si no existiera crédito suficiente en el total consignado en la convocatoria, se repartirá proporcionalmente entre las solicitudes del tramo 1 que reúnan los requisitos establecidos.
2º) Si existiera sobrante en el crédito total consignado en la convocatoria, se destinará a las solicitudes de subvención del tramo 2.

b) Tramo 2, vehículos EUROTAXI de segunda mano: 10.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50% del importe de la factura, IVA excluido.

Si al evaluar las solicitudes de subvención del tramo 2 no existiera crédito suficiente en el total consignado en la convocatoria, se repartirá proporcionalmente entre las solicitudes del tramo 2 que reúnan los requisitos establecidos con el fin de atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos de concesión de la subvención.

Proximamente publicaremos el CALENDARIO DE RESERVAS

Condiciones y requisitos

1. Ser titular de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de subvención. La licencia de autotaxi no podrá encontrarse en situación de suspensión o excedencia en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
Adquirir un vehículo eurotaxi desde el día 1 de julio de 2025 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para su adscripción a la licencia de autotaxi con la que se solicita la subvención. El importe de la adaptación del vehículo como eurotaxi se computará a efectos de concesión de la subvención.

2. No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la LGS, particularmente:
a. Hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Se entenderá cumplido este requisito cuando las deudas se encuentren aplazadas o fraccionadas o se haya acordado su suspensión por impugnación.
b. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración. El beneficiario se compromete a comunicar en cualquier momento la existencia de deudas por reintegro de subvenciones.
En ningún caso se podrá acceder a la condición de beneficiario cuando estén pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
3. Cumplir todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en el artículo 16 de la OBRGS.

Compártelo en
Puedes realizar el proceso de manera integral rellenando el siguiente formulario:
Solo necesitarás tener a mano todos tus datos personales, la licencia, una fotografía reciente y el justificante de ingreso de la couta Puedes hacerlo ingresando 30,05€ en concepto de «TÍTULO» al número de cuenta:
ES46 0049 0922 76 2910398933
Importante:
Para cotejar la documentación que nos envías, será necesario que pases por las instalaciones de FPTM (C/Payaso Fofó, 24; 28018 Madrid) a la mayor brevedad posible.