Ya está abierto el proceso de consulta pública para la modificación de la ley 20/1998, del 27 de noviembre.
En su regulación no se contempla la actividad del arrendamiento de vehículos con conductor como modalidad de transporte discrecional de viajeros, pues, hasta la Ley 25/2009 (“Ley Ómnibus”), de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (es decir, a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, por la que incorpora parcialmente a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2006/123/C, a los efectos de la legislación de ordenación de los transportes, tenía la consideración de actividad auxiliar y complementaria del transporte.
Resulta necesario modificar la citada ley para establecer el marco regulatorio de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor como modalidad de transporte discrecional de transporte de viajeros, sometiendo su ejercicio a la obtención de la correspondiente autorización que habilite para realizar servicios de carácter urbano e interurbano dentro de su territorio y determinar los requisitos necesarios para su otorgamiento, estableciendo las condiciones exigibles en relación con las empresas, vehículos y conductores.
¡Podéis participar! No dudéis es hacerlo. El proceso finalizará el 27/02/2021.
Para poder hacerlo es necesario registrase.
Es nuestro futuro.